La mujer no debe reintegrar al excónyuge lo cobrado como compensación económica provisoria - Renta en dólares
02.04.2022 08:44
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Pese a haberse decretado la caducidad de instancia en el juicio de compensación económica, se rechazó el pedido del ex cónyuge de repetición de las sumas provisorias abonadas a la mujer durante el proceso, consistentes en una renta mensual de u$s5.000
Por mayoría, la Cámara entendió que razones elementales de equidad llevan a determinar que si en el momento inicial se tuvo por acreditada la verosimilitud del derecho necesaria para admitir la medida cautelar, la devolución ahora pretendida, sólo conlleva a empeorar la situación que se intentó amparar mediante la fijación de una renta mensual a favor de la actora, sobre todo si se considera la modalidad de periodicidad establecida
La caducidad de instancia no puede traducirse en la inexistencia de la causa que dio lugar a una medida cuya finalidad fue la prevención de un daño mayor y, menos aún, a los efectos ya consumados
Cuando se ventilan cuestiones atinentes a la disolución del matrimonio no se puede desconocer que nos encontramos ante el más indefenso de los acreedores, que es el otro/a cónyuge
Aqui entran a jugar medidas de acción positiva pensadas para remover los obstáculos que deben enfrentar algunos sectores, y que procuran compensar o equilibrar la situación de desventaja y con ello superar la diferencia originaria
El fallo completo se encuentra en victoriafamafamilias.blogspot.com
CNCiv., sala I, 04/02/2022
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